EL PROYECTO DE CÓDIGO CIVIL UNIFICADO
Al habitante medio de la Nación, sea o no abogado,
le preguntaré cuántas veces se ha enfrentado con injusticias o arbitrariedades
derivadas de la aplicación de un Código Civil que data de 1871, al punto que
sea necesaria una modificación integral. Si tiene conocimiento de causa o
simplemente experiencia, lo probable es que responda que nunca o casi nunca. Sí
en cambio se han consumado iniquidades provocadas por el desprecio
u olvido de sus normas y principios, y por la falta de respeto a las garantías
y derechos constitucionales.
III. ÍNDOLE DE MIS OBSERVACIONES.
CUESTIÓN PRELIMINAR
Mis
cuestionamientos al proyecto no se limitarán a lo técnico-jurídico –inclusive
por razones de espacio, es imposible la crítica en un blog de la totalidad
de los cambios diseñados- sino se inscriben en un marco más amplio de preocupaciones,
temores y certezas sobre lo negativo.
Se está procurando un cambio radical no
meramente de un cuerpo normativo al que se desecha por antiguo, sino de
consolidar un poder con crecientes tendencias totalitarias y propenso al
adoctrinamiento masivo y al control de los medios de difusión (ley de medios
–n° 26.522[1]- ley de prensa n° 26.736, ley de educación n° 26.206[2]), aunque se proclame la vocación por el consenso y se invite a
enviar sugerencias sobre aspectos puntuales.
Mientras
discutimos sobre el proyecto de Código Civil, se está preparando una reforma
constitucional, que arrase con las declaraciones, derechos y garantías
liberales de nuestra actual Ley Suprema. En tal sentido, la reforma del Código
Civil y su unificación con la legislación comercial parece ser un globo de
ensayo para medir las resistencias del cuerpo social, y avanzar ulteriormente
en nuevas modificaciones, ya no solamente de técnica jurídica, sino en la
concepción que informa la Constitución. Según el sitio http://www.perfil.com/contenidos/2012/06/19/noticia_0037.html,
movimientos afines al actual gobierno –para hablar sin ingenuidad, cuyos
móviles responden tanto a la cercanía política como al financiamiento estatal- han
lanzado al ruedo una campaña
"...para crear un nuevo Estado al servicio de las mayorías populares"
y en septiembre harán un congreso para ese fin”.
“Según un cronograma que dio a conocer el titular
de la CTA oficialista, Hugo Yasky, a partir del mes próximo se constituirá el
"Movimiento por una nueva constitución emancipadora" en cada uno de
las provincia con la perspectiva de realizar un congreso nacional en septiembre
y generar el cambio de Carta Magna al cumplirse el año venidero el segundo
centenario de la Asamblea del año '13”.
Añaden:
"Cada Constitución es reflejo de un proyecto
de país: la vigente es hija del Pacto de Olivos y de la hegemonía del Consenso
de Washington que fue pensada para el proyecto neoliberal de sumisión de la
Nación, de extranjerización de la economía, el saqueo de los recursos naturales
y la exclusión de millones de argentinos".
Dejando
de lado la estolidez de esa aserción –la actual presidente fue una de las
convencionales constituyentes, por lo que tales crímenes de "neoliberalismo" deberían cargarse en su cuenta- si lo que se hubiera querido es consolidar un
proyecto liberal –con el prefijo neo o no- lisa y llanamente no se habría reformado
la Ley Fundamental anterior.
Según
el sitio web antes mencionado, “del acto
participaron, además de Yasky y el sindicalista Pedro Wasiejko, de la CTA; Luis
D'Elía (Miles); Ricardo Forster (Carta Abierta), Edgardo De Petri (Frente
Transversal), Ariel Basteiro (Nuevo Encuentro) y representantes del Movimiento
Evita, de Descamisados, del Partido Comunista y otras organizaciones
kirchneristas”. ¡Qué bonita vecindad!
Prosigue
el informe periodístico:
“El encuentro, realizado en el Teatro Margarita
Xirgú, los dirigentes kirchneristas suscribieron un documento en que afirman
que se "debe construir una nueva Constitución no desde pactos y cenáculos
sino desde la más amplia participación de la mayoría en la senda del constitucionalismo popular practicado en nuestra
América" como en Venezuela, Ecuador y Bolivia”.
Es
toda una definición. Pues bien: me defino categóricamente situándome en la
vereda opuesta. La Constitución de 1853-1860 –cuyas declaraciones, derechos y
garantías no fueron borrados por la reforma de 1994, gracias a la ley 24.309
que estableció los límites de la reforma- y el Código Civil se inspiraron en
los países avanzados, y coexistieron con el prodigioso progreso que convirtió a
nuestro país, al menos hasta 1930, en un país en aquella época muy distinto del
resto de Iberoamérica; verdadera tierra de promisión para muchos inmigrantes,
que dejaban sus países de origen –principalmente Italia y España, pero también
Rusia (los judíos que huían de los pogroms zaristas), las actuales Siria y
Líbano, Francia, Irlanda, Gales- buscando, según los casos, mejorar su fortuna
o preservar sus vidas y libertades, objetivo que consiguieron en la totalidad
de los casos[3].
Si
nuestros inspiradores van a ser países pobres y totalitarios o en camino hacia
el totalitarismo, nos preocupemos por la reforma del Código Civil, pero más aún
nos alarmemos y pongamos las barbas en remojo porque, como lo dijeron en un
alarde de inverecunda sinceridad, “van por todo”.
[1] Fue objeto de un comentario
en http://juliomvrouges.blogspot.com.ar/2010/07/ley-de-medios-i.html
[2] Me remito a lo que expresé en
http://juliomvrouges.blogspot.com.ar/2009/03/lugares-comunes-y-mentiras-sobre-la.html
[3] Aunque se me tilde de autorreferencial, ver http://juliomvrouges.blogspot.com.ar/2008/11/la-argentina-del-progreso-y-la.html